Sección: Publicaciones de Defensa
Título: El fuero militar en las ordenanzas: (segunda parte) / Eladio Baldovín Ruiz
Autor: Baldovín Ruiz, Eladio
Notas: Desde muy antiguo hay precepto sobre aspectos judiciales castrenses, entre ellos, uno de 1500 que dotaba a la autoridad militar de mando y jurisdicción; Sancho de Londoño que redactó unas normas sobre las funciones de los que intervenían en la justicia castrense; las Ordenanzas de Alejandro Farnesio que regulan al auditor como asesor del mando, y las Ordenanzas de 1701 de Felipe V que introducían los consejos de guerra y dejaban constituidas las jurisdicciones ordinaria y extraordinaria. En la jurisdicción ordinaria, los juzgados de guerra de los capitanes generales de provincias y de los generales en jefe de los ejércitos, conocían de las causas civiles criminales no sujetas a consejo de guerra. También existían los juzgados de los gobiernos militares y los privativos de los cuerpos, que disfrutaban de fueros privilegiados. En 1875 se suprimieron todos los juzgados excepto en las plazas de África. En la jurisdicción extraordinaria, el consejo de guerra ordinario conocía de las causas contra cadetes, sargentos, cabos y soldados; constaba de sumario, para averiguar la existencia del delito y del delincuente, y el plenario para dictar sentencia. Descripción de todo el proceso y la ejecución de las sentencias. El consejo de guerra de oficiales generales conocía de los delitos militares cometidos por oficiales de cualquier graduación. Descripción de todo el proceso. El consejo extraordinario conocía los delitos de la tropa graduados de oficial y el consejo verbal, creado durante la guerra carlista para abreviar trámites en determinadas circunstancias. Todos los consejos quedaron unificados en 1875, hasta la ley de bases de 1882 que derogaron las Ordenanzas
Tipo de publicación: Artículos y Capítulos